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Expte. Nº 73668-2018 – “M. C. L. y otros s/ adopción. Acciones vinculadas” - CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LOMAS DE ZAMORA (Buenos Aires) – SALA I – 28/12/2020
ALIMENTOS. GUARDADORES. FRUSTRACIÓN DEL PROCESO ADOPTIVO. Fijación de una cuota alimentaria a favor de tres niños, a cargo de quienes fueran sus guardadores y orden de incluirlos en una empresa de medicina prepaga. Interés superior del niño. La existencia de un vínculo socioafectivo entre los involucrados, imponen la necesaria continuidad de la satisfacción material hasta tanto la situación de los más vulnerables sea resuelta. Art. 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Citar: elDial.com - AAC3B5
Publicado el 12/05/2021
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Términos mencionados en este fallo: guardadores, derechos, comercial, alimentos, adoptivo, fijación, alimentaria, superior, obligación, intempestivo.