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abril  23, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 16737-19 - 'M., A. V. (EN REP. H. M. A.) s/ solicitud de cambio de apellido (f)” – JUZGADO DE FAMILIA N° 9 DE SAN CARLOS DE BARILOCHE (Río Negro) – 06/04/2022

SOLICITUD DE CAMBIO DE APELLIDO. Madre en representación de su hija menor de edad peticiona se autorice a la joven a suprimir el apellido paterno y, en su lugar, consignar el apellido materno adicionando el de quien es su pareja y al que la joven considera su padre. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. DERECHO A LA IDENTIDAD. Llevar el apellido de padre biológico le conlleva a la niña gran angustia ya que le recuerda constantemente su ausencia. Apego e identificación con el nombre de familia del esposo de su madre que es el que ha decidido utilizar y por el que resulta reconocida en sus círculos de relaciones. Proceso de CAMBIO DE GÉNERO. PRINCIPIO DE YOGYAKARTA. La orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de su autodeterminación, su dignidad y su libertad. Se resuelve. Se autoriza la SUPRESIÓN DEL APELLIDO PATERNO consignándose el sexo como "masculino”. Líbrese oficio al Registro del Estado Civil y Capacidad de la Personas correspondiente a los fines de su inscripción con las formalidades de estilo y expídase testimonio o copia certificada de la presente.

Citar: elDial.com - AACC43

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Términos mencionados en este fallo: apellido, derecho, cambio, identidad, personalidad, género, solicitud, considera, dignidad, personas.



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