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Expte. N° 60600/2020/1 - “R., L. Y. c/ G., C. R. s/ Art. 250 Código Procesal Civil y Comercial de la Nación – Incidente de familia” – CNCIV – SALA D – 29/11/2022
RESTRICCIÓN PERIMETRAL RECÍPROCA ENTRE PROGENITORES. AUTORIZACIÓN. Se autoriza a la actora a concurrir en días y horarios determinados a su lugar de trabajo sin que ello importe infringir la MEDIDA DE RESTRICCIÓN vigente al pasar a metros del domicilio del demandado durante sul traslado. No puede desconocerse su necesidad de mantener su fuente laboral como único ingreso que le permite su manutención y la de su prole
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Términos mencionados en este fallo: restricción, progenitores, concurrir, domicilio.