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abril  25, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 785/20 - “V., M.D.L.A. c/ A., A.R. s/régimen comunicacional” - JUZGADO CIVIL EN FAMILIA Y SUCESIONES ÚNICA NOMINACIÓN DE MONTEROS( Tucumán) - 23/03/2023 (sentencia firme)

RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN. Obstrucción al proceso del régimen de comunicación en forma progresiva entre hija y madre no conviviente. Incomparecencia reiterada del progenitor a cada fecha concedida para los encuentros materno- filiales y fraternales. Sanciones pecuniarias contra el padre de la menor de edad. VIOLENCIA SIMBÓLICA. La conducta obstaculizadora de lazos familiares arrogada por parte del progenitor ha vulnerado los derechos fundamentales de sus hijas y la madre no conviviente. Se ordena la inhabilitación para ocupar cargos públicos en cualquiera de los tres poderes del Estado como así también la inhabilitación para que sea promovido o ascendido en el lugar que actualmente se desempeña. Inhabilitación para obtener créditos, ser beneficiarios de subsidios o cualquier tipo de asistencia financiera, proveniente de entes u organismos del Estado. Se inscriba la inhabilitación aquí dispuesta en el Banco Central de la República Argentina para que ingrese sus datos al REGISTRO CENTRAL DE DEUDORES

Citar: elDial.com - AAD550

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Términos mencionados en este fallo: derecho, progenitor, conviviente, derechos, inhabilitación, obstrucción, comunicación, conducta, familiar.



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