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Expte. N° 44035/2025 - “J.,O. G (en rep. de sus hijos) y otro c/ Estado Nacional Ministerio de Salud de la Nación y otro s/amparo colectivo”- JUZGADO FEDERAL DE CAMPANA - 12/12/2025
Publicado por elDial.comEMERGENCIA NACIONAL EN DISCAPACIDAD. INVALIDEZ DEL ART. 2 DEL DECRETO 681/2025 QUE SUSPENDIÓ LA EJECUCIÓN DE LA LEY 27.793. AMPARO COLECTIVO. Suspensión de la ley promulgada que provoca como resultado directo el deterioro progresivo de servicios y prestaciones a la salud que afecta a un grupo de personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad y demandan una protección especial por parte del Estado. PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD. DERECHO AUTÓNOMO AL CUIDADO. Reafirmación que el derecho a la salud, educación y rehabilitación de personas con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias, y que el Estado Argentino está obligado a cumplir con los estándares constitucionales e internacionales que garantizan la protección integral de los grupos más vulnerables y la obligación de no regresividad.
Citar: elDial.com - AAEDD9
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Términos mencionados en este fallo: discapacidad, nacional, decreto, estado, nación, colectivo, suspensión, promulgada, emergencia, invalidez.
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