En el marco de una acción por daños, fallo condenó a YAHOO! de Argentina S.R.L a abonarle a una joven modelo, cuya imagen y nombre se la relacionaba a sitios pornográficos, la suma indemnizatoria de $400.000.
Ante la discrepancia sobre la competencia para conocer en la apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central que elevó el porcentaje de incapacidad determinado por una Comisión Médica, la CSJN declaró que resulta competente la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Por mayoría, se declara inadmisible el recurso interpuesto por el fiscal contra el acuerdo de reparación integral del daño. En el caso, el imputado fue acusado de violar dos veces el ASPO, a pocas horas de su publicación en el Boletín Oficial. Se valora la mínima afectación al bien jurídico protegido y se considera que la resolución está bien fundada. El voto en disidencia señala que debe admitirse el recurso, dado que la resolución pone fin a las actuaciones.
En el marco de una acción colectiva contra un supermercado por omitir informar a los consumidores que compraron con tarjeta de crédito en cuotas, las tasas y condiciones de financiamiento en violación de los artículos 4 y 36 de la Ley 24240, se admitió, a petición de la demandada, la citación como terceros, de las administradoras de las tarjetas de crédito. Ello así, en el entendimiento de que la relación comercial habida entre la emplazada y esos terceros habilitaría, eventualmente, una intervención regresiva vinculada a cuestiones que pueden ser ventiladas en esas actuaciones.
Se rechaza demanda por daños y perjuicios contra una sociedad de fomento por las lesiones sufridas por un niño al romperse una puerta de vidrio. Los elementos probatorios no lograron demostrar los extremos invocados por los reclamantes en el escrito de inicio y contrariamente a lo expuesto por la actora en la demanda, no solo el partido había finalizado, sino que el menor, por motivos que se desconocen, intentó ingresar nuevamente al campo de juego por un lugar no habilitado para ello, sin advertir la presencia de la puerta de vidrio con la que termina impactando.
En este número del suplemento publicamos los siguientes temas: “Reclamo de daños como consecuencia de violencia familiar”; “Competencia en los juicios de alimentos”; “Fortalezas y debilidades del Código Procesal Penal Chaqueño”; “Impacto de las recientes decisiones sobre Beneficio de Justicia Gratuita en Entre Ríos”; “A propósito de la inexistencia de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas en Corrientes”; “Un derecho administrativo sancionador atrofiado”, “Ante la expansión del derecho penal en la provincia de Entre Ríos”; “La relación jurídica subyacente en pagarés de consumo”.
La Ley 24.270, en sus tres primeros y centrales artículos, establece que:
Artículo 1º: Será reprimido con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes. Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión...
En el curso se abordan nociones básicas acerca de las criptomonedas, su funcionamiento, cómo adquirirlas y almacenarlas, su tratamiento fiscal y para lavar activos de origen ilícito
¿Los resultados derivados de la enajenación de monedas digitales están gravados por algún impuesto?...
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