En el marco de una acción de daños y perjuicios, fallo confirma la conducta lesiva que sufrió una consumidora por parte de una cadena de venta de productos para la construcción, al no cumplir con el tiempo de entrega pactado en el momento de la compra. Los magistrados hicieron hincapié en que, el plazo de dar no aparece especificado en el ticket y mediando tal omisión, nada permite concluir que la entrega se hubiera pactado más allá del lapso razonable. Incluso si pudiera existir algún tipo de confusión, ello no puede perjudicar a la consumidora, sino que debe interpretarse a su favor.
Probada la designación del actor como delegado gremial interno del Sindicato de Trabajadores Aceiteros y Desmotadores de Algodón, y la notificación fehaciente a la empresa algodonera demandada en la que cumpliera tareas como trabajador de temporada, fallo del STJ de Chaco hizo lugar a la demanda por despido indirecto y otorgó la indemnización agravada del Art. 52 de la ley 23.551. Se consideró que los telegramas enviados por el actor donde intimaba a otorgar tareas, previo a considerarse injuriado y despedido, puso en conocimiento de la empleadora su calidad de delegado con mandato vigente.
Se desestimó la ejecución de un pagaré en razón de que las circunstancias que exhibían los contendientes, así como el alcance cuantitativo del crédito permitían subsumir al actor y al demandado dentro de los conceptos de proveedor y consumidor respectivamente y era posible inferir -dada la existencia de más de cincuenta ejecuciones entabladas por la actora- que, en el caso, el pagaré en ejecución instrumentó la financiación de una operación de consumo.
Se confirmó la sanción impuesta a un banco por la toma de fondos de terceros registrándolos como venta/compra de títulos contado a liquidar con distinta fecha de liquidación –los cuales no guardaban exigencia de efectivo mínimo-, cuando correspondía su registración como pases pasivos. En el acto administrativo apelada se advirtió que la operatoria permitió al banco obtener fondos a mejores valores al no aplicarle la tasa de efectivo mínimo, lo que permitió mejorar la tasa de interés activa respecto a otras entidades afectando así la genuina competencia entre intermediarios financieros.
La Cámara Penal de Catamarca condena a 5 años de prisión al acusado de esperar a quien fuera su pareja cuando bajaba de un colectivo en la ruta de noche y asestarle puñaladas que le ocasionaron lesiones graves. Se descarta la tentativa de homicidio y se analiza el agravante "relación de pareja" (art 80 inc 1 CP), afirmándose que no necesariamente debe tratarse de una relación actual.
Valor probatorio en el proceso de civi, comercial, penal y laboral
Análisis doctrinario y jurisprudencial acerca de los desafíos de la prueba digital vinculada con:
-Aplicaciones de mensajería instantánea.
-Redes sociales.
-Computación en la nube.
-Plataformas web para compartir videos.
-Comunicaciones y documentos electrónicos.
-Blockchain.
Incluye modelos de escritos judiciales.
En este curso se verán los aspectos prácticos del régimen legal de los trabajadores de la construcción, partiendo del análisis de la ley nº 22.250 y el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75. Se dará un marco teórico, los aspectos básicos y característicos de este tipo de relación laboral, modos de contrato, etc. Si bien el curso tiene una base práctica, contiene también análisis de jurisprudencia y doctrina sobre la materia
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