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“M.,P.M. c/ UBA - Facultad de Ciencias Exactas y Naturales s/Educación Superior - Ley 24521 – Art. 32” – CNACAF – 24/11/2020

EDUCACIÓN SUPERIOR. VIOLENCIA DE GÉNERO. SANCIÓN DE 3 AÑOS DE SUSPENSIÓN A UN ALUMNO, AL SER CONSIDERADO RESPONSABLE DE ACOSAR, INTIMIDAR, HOSTIGAR E INJURIAR A UNA DOCENTE. Recurso directo. Rechazo. Atribuciones propias de las autoridades de la Universidad. Situaciones de violencia de género comprendidas en el marco del Protocolo de Acción Institucional para la Prevención e Intervención ante Situaciones de Violencia o Discriminación de Género u Orientación Sexual, aprobado por la Resolución 4043/2015 del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires. Consideración que el actor no controvirtió ninguno de los hechos en virtud de los cuales se aplicó la sanción recurrida.



...ecurrente involucra cuestiones que afectan el buen funcionamiento de la institución, y, particularmente, situaciones de violencia de género comprendidas en el marco del Protocolo de Acción Institu...



...ro comprendidas en el marco del Protocolo de Acción Institucional para la Prevención e Intervención ante Situaciones de Violencia o Discriminación de Género u Orientación Sexual, aprobado por la R...



... que “quedó debidamente acreditado en estas actuaciones que desde el año 2015 el denunciado ha manifestado conductas de violencia de género, insinuaciones de carácter sexual, acoso, que pueden obs...



...r sexual, acoso, que pueden observarse en sus correo electrónicos, declarándose y luego pidiendo disculpas. Misivas que generaron en la denunciante la modificación de sus hábitos habituales para e...



Citar: elDial.com - AAC0D3

Publicado el 02/12/2020

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