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Aumentos tarifarios. Medidas cautelares decretadas contra la Resolución 28/16 del Ministerio de Energía y Minería
-Comentario al fallo “Municipalidad de San Carlos de Bariloche y otro c/Estado Nacional – Ministerio de Energía y Minería y otros s/Amparo ley 16.986”-
Por Julio C. Fonrouge
“El fallo en análisis reconoció la legitimación del Ejecutivo municipal para representar a todos los ciudadanos de la ciudad de San Carlos de Bariloche. Ello incluso, pese a haber reconocido la existencia de causas similares de terceros en el mismo tribunal. Como bien surge del texto constitucional, en lo que refiere a cuestiones de defensa del consumidor, el artículo 43 de la Constitución Nacional reconoce legitimación a: “el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley”. En el sub examine, el Ejecutivo municipal promovió acción de amparo “colectivo”, en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional y de la Ley 16.986, contra el Estado Nacional – Ministerio de Energía y Minería, el Ente Nacional Regulador del Gas - ENARGAS- y la licenciataria de distribución Camuzzi Gas del Sur S.A., en vista de obtener la declaración de nulidad de la Resolución MEyM 28/16 y dejar así sin efecto la actualización tarifaria. Empero, a la luz del ordenamiento constitucional y de la propia sentencia, el Ejecutivo municipal carece de legitimación al efecto.”
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Términos mencionados en esta doctrina: municipal, ejecutivo, resolución, legitimación, nacional, análisis, ministerio, bariloche, constitucional, artículo.