Directores: Federico Volujewicz, Federico Rossi y Santiago del Río
SUPLEMENTO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
En esta edición encontrarás: Mercados y estándar per se: por qué América Latina debe superar la rigidez del estándar per se en mercados de redes para diferenciar la colusión ilícita de la cooperación funcional / Reforma en Uruguay: examinamos el Proyecto de Ley de Competitividad y la reconfiguración integral del régimen antitrust. / Concentraciones en Argentina: repasamos los 10 informes de objeción a 8 años de la Ley 27.442 y las perspectivas ante la ANC. ¡Incluye además jurisprudencia, novedades legislativas y dictámenes clave de la CNDC! Ver más...
La CNAT desestimó la procedencia de la indemnización agravada de la ley 25323 y del art. 80 LCT a un despido ocurrido con anterioridad a la ley 27742 pero en donde la intimación fue efectuada después de su vigencia. El tribunal valoró que al momento de producirse las intimaciones las indemnizaciones agravadas ya se encontraban derogadas, sosteniendo que su exigibilidad se configuró recién a partir del incumplimiento del empleador frente al emplazamiento del trabajador. Consideró aplicable el efecto inmediato del art. 7 del CCCN. Rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27742.
La UIF actualizó el marco regulatorio aplicable a los Registros de la Propiedad Inmueble, alineando los procedimientos a un enfoque basado en riesgos acorde a los estándares internacionales del GAFI. Entre las principales novedades, se imponen reportes sistemáticos para compraventas de inmuebles que superen los 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, donaciones y actos otorgados en el extranjero. Asimismo, la medida elimina burocracia innecesaria al suprimir la declaración jurada papel en favor de verificaciones directas.
La Justicia hizo lugar a la demanda por vicios redhibitorios promovida por la compradora de un inmueble y condenó a la vendedora a afrontar el costo de las obras necesarias para restablecer el servicio de gas natural, cuya conexión se encontraba inhabilitada por graves deficiencias preexistentes en la instalación interna y en la ubicación del medidor. El tribunal consideró que se trataba de defectos ocultos, no detectables mediante una inspección ordinaria, que impedían la habitabilidad inmediata de la vivienda y la tornaban impropia para su destino.
La Cámara Comercial rechazó el recurso de la actora y confirmó la morigeración de los intereses capitalizados trimestralmente. Consideró aplicable el art. 771 CCyC aun frente a una decisión firme, pues la capitalización elevaba la deuda a 3279 veces el capital de condena, resultado contrario a la razonabilidad. Fijó como límite dos veces y media la tasa activa del Banco Nación para descuentos a 30 días, sin capitalizar. La Dra. Ballerini, por su voto, entendió que la apelación había sido mal concedida por no alcanzar el mínimo del art. 242 CPCCN.
En el marco de un juicio por reajuste de haberes de una jubilada docente, la CSJN revocó la sentencia que ordenaba aplicar la normativa local para el cálculo de su movilidad. Se consideró que del Convenio de Transferencia suscripto entre la Nación y la provincia de Tucumán surge que el Estado Nacional toma a su cargo el pago de los beneficios otorgados y reconocidos por la ley local 6446, y que a las futuras movilidades de esas prestaciones se les aplicarán las previsiones de las leyes nacionales 24.241 y 24.463.
La Cámara Nacional en lo Criminal ratificó el procesamiento del acusado de apuñalar ocho veces a la víctima. Se valoró que el imputado aceptó la riña, no existió peligro inminente y que el consumo de sustancias no excluye el dolo homicida.
La Ley 27.802 introduce modificaciones relevantes en el régimen laboral argentino y reabre debates centrales sobre contratación, extinción del vínculo, crédito laboral, procedimiento judicial, negociación colectiva, registración del empleo, jornada de trabajo y principios del derecho del trabajo....
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