julio  3, 2026

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ACTUALIDAD JURÍDICA

Fallos del día 03-07-2026

  • Jurisprudencia / Nacional / Penal

    Proceso penal

    Imputados acusados de ingresar a un local, robar diversos elementos, entre ellos un teléfono celular desde el cual se hicieron transferencia. Sobreseimiento firme respecto de la sustracción del diner...

  • Jurisprudencia / Nacional / Comercial

    Defensa del consumidor

    CONTRATO DE SEGURO. SUSPENSIÓN DE COBERTURA. DEBER DE INFORMACIÓN. PRODUCTOR DE SEGUROS. PRIVACIÓN DE USO. DAÑO PUNITIVO. Asegurado demanda a aseguradora y a productora de seguros por el rechazo de l...

  • Jurisprudencia / Federal / Contencioso Administrativo

    Daños y perjuicios

    RESPONSABILIDAD DEL ESTADO. SECUESTRO JUDICIAL. Se hace lugar a la demanda tendiente a obtener una indemnización como consecuencia de la pérdida de los objetos secuestrados. Extravío de cobre que per...

  • Jurisprudencia / Río Negro / Laboral

    Despido incausado

    REGISTRACIÓN DEFICIENTE. JORNADA LABORAL. DIFERENCIAS SALARIALES. INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD Y PREAVISO. ARTS. 80 Y 132 BIS LCT. LEY 25.323. SEGURO DE RETIRO COMPLEMENTARIO LA ESTRELLA. APLICACIÓN ...

  • Jurisprudencia / Córdoba / Civil

    Sucesión ab intestato

    DECLARATORIA DE HEREDEROS. Al momento de fallecimiento del causante han quedado como únicos y universales herederos su cónyuge supérstite y los hijos de apellido homónimo que el causante y dos hijos ...

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE

  • Jurisprudencia

    DECLARATORIA DE HEREDEROS. FALLO ADMITE LA INCLUSIÓN DE HIJOS NO RECONOCIDOS POR ACUERDO UNÁNIME DE LOS HEREDEROS.

    La justicia resolvió que, en una sucesión ab intestato, la conformidad de todos los herederos permite reconocer a otras personas como coherederas únicamente para participar en la herencia, aun cuando no cuenten con reconocimiento filial conforme al art. 570 del CCCN. El tribunal destacó que la decisión tiene alcance exclusivamente patrimonial y no altera el estado de familia.

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  • Doctrina

    LA CONFIGURACIÓN DEL ACTO EN CIERNES EN LA ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA E INCONSTITUCIONALIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA, A LA LUZ DE LOS PRECEDENTES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

    El artículo examina la procedencia de la acción declarativa de certeza e inconstitucionalidad en materia tributaria (art. 322, CPCCN), poniendo el foco en el concepto de “acto en ciernes” como requisito esencial. Para ello, la autora analiza la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y estudia en qué casos se reconoce la existencia de un acto en ciernes con entidad suficiente para habilitar la acción.

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  • Legislación

    LEY DE DESENDEUDAMIENTO FAMILIAR Y PERSONAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

    La Ley 6959 de la CABA establece un programa diseñado para que los residentes con dificultades financieras puedan refinanciar sus deudas de consumo. Esta normativa busca aliviar la carga económica de las familias mediante el acceso a créditos con tasas fijas máximas del 35% y plazos mínimos de devolución de dos años (aunque las entidades financieras adheridas podrán ofrecer condiciones más favorables si así lo desearen). Los beneficiarios deben cumplir con requisitos específicos, como poseer ingresos limitados y presentar un nivel de morosidad moderado ante el Banco Central.

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  • Jurisprudencia

    LA LEGITIMACIÓN DE LA PROGENITORA PARA RECLAMAR ALIMENTOS EN FAVOR DE UN HIJO MAYOR DE EDAD NO ES INDEFINIDA.

    Fallo rechazó la pretensión de una madre de continuar percibiendo y administrando la cuota alimentaria correspondiente a su hijo mayor de edad, al considerar que el joven ya no convivía con ella, contaba con suficiente madurez y autonomía para ejercer sus derechos por sí mismo y, en consecuencia, debía percibir directamente la prestación alimentaria, sin intervención de su progenitora.

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  • Doctrina

    FORTALECIENDO EL CARÁCTER AUTÓNOMO DE LAS MEDIDAS DE APOYO.

    En el presente trabajo, la autora analiza un reciente pronunciamiento de la justicia de familia de Río Negro que, frente a una situación de vulnerabilidad transitoria de una persona adulta mayor, reconoce la posibilidad de designar una medida de apoyo con carácter autónomo, sin necesidad de promover previamente un proceso de restricción de la capacidad. El fallo invita a reflexionar sobre el alcance de estas herramientas de protección y su importancia para garantizar la autonomía y los derechos fundamentales de las personas vulnerables.

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Noticias Jurídicas

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