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septiembre  29, 2026

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ACTUALIDAD JURÍDICA

Fallos del día 29-09-2026

  • Jurisprudencia / Nacional / Comercial

    Quiebra

    VERIFICACIÓN DE CRÉDITO LABORAL. INTERESES. LEY 27.802. LEY DE MODERNIZACIÓN LABORAL. ARTÍCULO 55. TASA PASIVA DEL BCRA. IPC MÁS 3% ANUAL. ORDEN PÚBLICO. APLICACIÓN A CONCURSOS Y QUIEBRAS. Actora ape...

  • Jurisprudencia / Federal / Contencioso Administrativo

    Migraciones

    CAMBIO DE CATEGORÍA O SUBCATEGORÍA MIGRATORIA. Régimen de Autorización de Viaje Electrónica (AVE). Rechazo del recurso de apelación interpuesto por la Dirección Nacional de Migraciones. Consideración...

  • Jurisprudencia / Nacional / Laboral

    Indemnización por despido

    PAGO EN CUOTAS. IMPROCEDENCIA. ARTÍCULO 277 LCT. LEY 27.802 DE MODERNIZACIÓN LABORAL. FACULTAD. La posibilidad de alterar los términos de la cosa juzgada la tiene aquel a cuyo patrimonio ha ingresado...

  • Jurisprudencia / Córdoba / Civil

    Daños y perjuicios

    Intercambio de bebés al momento del nacimiento. Descubrimiento del error 46 años después mediante estudios genéticos. ADN. Intervención de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad y del Ban...

  • Jurisprudencia / Nacional / Penal juvenil

    Régimen penal juvenil

    INHIBITORIA. Defensora que solicita que un juzgado nacional de menores asuma la competencia en causas iniciadas en el fuero de CABA por robos cometidos por menores de 14 y 15 años: procedencia. TRASP...

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE

  • Jurisprudencia

    MENORES PUNIBLES: LA JUSTICIA NACIONAL RETIENE CAUSAS POR ROBOS Y RECHAZA EL TRASPASO A LA CABA.

    Al resolver una inhibitoria, un juzgado nacional de menores determinó que los expedientes por robos cometidos por adolescentes de 14 y 15 años deben seguir en el fuero nacional. La resolución subraya que el delito no figura en los convenios de transferencia y advierte que derivarlo a la jurisdicción porteña vulnera la garantía del juez natural y el principio de legalidad.

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  • Doctrina

    CATORCE AÑOS Y DOS REVOCACIONES. EL NUEVO RÉGIMEN PENAL JUVENIL ANTE SUS PRIMEROS CONTROLES JUDICIALES Y LO QUE NINGUNA DECISIÓN MIRÓ.

    González Da Silva analiza los primeros controles judiciales a la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, que estableció los 14 años como edad mínima de responsabilidad penal. Revisa dos fallos de grado (Lomas de Zamora y CABA) que frenaron la ley y fueron revocados en Cámara. Señala, entre otras interesantes cuestiones, que ambas juezas omitieron aplicar las medidas alternativas no privativas de la libertad que prevé la propia norma y que, si bien hay algunos puntos cuestionables, la ley mejora el régimen anterior al prohibir la prisión perpetua y fijar fines educativos y de resocialización.

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  • Jurisprudencia

    BAJA DE EDAD DE PUNIBILIDAD: LA JUSTICIA DE CABA AVALA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS 14 AÑOS.

    La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de CABA revocó el sobreseimiento a un adolescente y respaldó la constitucionalidad de la Ley 27.801. Los magistrados enfatizaron que el Congreso tiene la potestad exclusiva de fijar la edad de punibilidad en 14 años y cuestionaron severamente a la jueza de grado por invadir facultades del Ministerio Público Fiscal.

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  • Doctrina

    TRATA DE PERSONAS, MATRIMONIO FORZADO, TRABAJO SERVIL Y MULTICULTURALISMO. -COMENTARIO AL FALLO “CRISTO, ISABEL Y OTROS S/AUDIENCIA DE SUSTANCIACIÓN DE IMPUGNACIÓN” DE LA CFCP-

    El autor analiza un fallo que confirmó la condena por trata de personas, matrimonio forzado y servidumbre contra una menor de 13 años. La defensa alegó costumbres romaníes y el pago de una dote, pero la justicia rechazó la excusa cultural. Determinó que las prácticas ancestrales no justifican la coacción, la violencia ni la explotación laboral, prevaleciendo la autodeterminación y los derechos fundamentales por encima de tradiciones que violan la ley.

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  • Legislación

    EL GOBIERNO REGLAMENTA LA IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PENAL JUVENIL Y CREA EL CUERPO DE SUPERVISORES.

    La Resolución 484/2026 del Ministerio de Justicia, formaliza la puesta en marcha de la Ley N° 27.801, estableciendo un cambio estructural en el sistema de justicia penal argentino respecto a los adolescentes en conflicto con la ley. Reglamenta el Cuerpo de Supervisores, fija normas para la asistencia integral a las víctimas e impulsa la formación especializada de los operadores judiciales.

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Noticias Jurídicas

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