ACTUALIDAD JURÍDICA
Fallos del día 23-07-2026
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Destacados
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Jurisprudencia
RECHAZAN PEDIDO DE REDUCCIÓN DE LA CUOTA ALIMENTARIA DE UN PADRE. CUIDADO COMPARTIDO NO EQUIVALE A IGUALDAD EN LAS TAREAS DE CUIDADO.
Fallo rechazó el pedido de un padre de eliminar o reducir la cuota alimentaria pese a existir un régimen de cuidado personal compartido y a que ambos progenitores perciben ingresos similares. Se destacó, con perspectiva de género, que la madre asume una mayor carga de cuidado, organización y dedicación cotidiana, circunstancia que debe ser compensada económicamente, y utilizó la Canasta de Crianza del INDEC como parámetro objetivo para cuantificar la prestación alimentaria.
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Jurisprudencia
PROCESAN A DEUDOR ALIMENTARIO Y SU ABOGADO POR SIMULAR VENTA DE UN AUTO PARA NO PAGAR CUOTA ALIMENTARIA.
Fallo rechaza la apelación del imputado, quien transfirió su camioneta a su abogado para declararse insolvente. Se destacó que no hace falta una sentencia previa para configurar el delito y que el letrado conocía perfectamente la trama familiar.
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Jurisprudencia
SE CONDENA A UN ABOGADO POR LLAMAR "CARANCHO" A UN COLEGA EN UN ESCRITO JUDICIAL.
Fallo condena a un abogado a indemnizar con cinco millones de pesos a un colega por haberlo calificado de "carancho" en un escrito judicial. El tribunal consideró que la expresión excedió los límites del derecho de defensa y constituyó una injuria que lesionó el honor y la reputación profesional del demandante. Asimismo, sostuvo que la previa sanción disciplinaria impuesta por el Colegio Público de la Abogacía no excluye la responsabilidad civil, pues ambas persiguen finalidades distintas.
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Doctrina
ACCESO A LA JUSTICIA Y HONORARIOS DE LA ABOGADA DEL NIÑO EN LOS PROCESOS DE ABRIGO.
En el presente comentario las autoras analizan el fallo "G.C.M. s/ Abrigo", dictado por la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I, que dispuso que los honorarios de la abogada del niño sean soportados íntegramente por el Estado Provincial. A partir de este precedente, se reflexiona sobre el acceso a la justicia de niñas, niños y adolescentes, la gratuidad de la asistencia letrada especializada, el deber reforzado de prevención de daños del Estado y la responsabilidad estatal en la efectividad de sus derechos.
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Legislación
EL GOBIERNO REGLAMENTA LA LEY DE MODERNIZACIÓN LABORAL Y FIJA LAS BASES PARA EL CÁLCULO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES EN LOS CONVENIOS COLECTIVOS.
En el marco de la Ley de Modernización Laboral, precisa que los límites a los aportes del artículo 9° de la Ley 14.250 deben contemplar el salario básico convencional y las sumas remunerativas normales, habituales y mensuales, excluyendo premios, bonos, horas extras o aguinaldo. Ratifica que los aportes convencionales fijados por la Ley 23.551 deben destinarse exclusivamente a obras sociales, asistenciales o culturales bajo una administración contable separada de los fondos sindicales. Lo dispuesto impacta directamente en las paritarias, las estructuras salariales y la financiación sindical.
Noticias Jurídicas
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