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abril  25, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

L. 200363 - "Efiad S.A. c/ Lacaza Gastón s/ enriquecimiento sin causa" - CNCIV - Sala F - 23/11/1998

"...el heredero deberá, en realidad, llevar dos cuentas: una de la administración `y otra de liquidación y pago de deudas y cargas, en cuyo activo figurarán los bienes sucesorios y en el pasivo dichas deudas y cargas´; esta última permite a los acreedores y legatarios conocer las deudas que se pretenden abonar y, en su caso, formular la respectiva oposición; en cambio, en la cuenta específicamente destinada a informar sobre la administración, se reflejarán los actos cumplidos".

Citar: elDial.com - AAE4

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Términos mencionados en este fallo: heredero, deudas, bienes, acreedores, legatarios, administración.



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