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Expte. 28.224/2006 - “Villamonte, Luis Ángel c/ Adot, Claudio y Otros s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)” – CNCIV – SALA H – 21/08/2014
ACCIDENTE EN AUTOPISTA. Colisión plural de automotores. Demanda entablada por motociclista. Camioneta detenida en la banquina. Situación justificada. Desperfecto técnico. Regla general de la prohibición de detenerse que cede ante la “emergencia”. CIRCUNSTANCIAS QUE NO IMPONÍAN LA REMOCIÓN DEL RODADO POR PARTE DE LA CONCESIONARIA VIAL. Obligación de prevención no incumplida por la empresa. Actuación con premura tras el siniestro. Accionante que por la culpa de un tercero y eventualmente, por su propia culpa, circuló por la banquina. Circunstancias que se desprenden de sus propias alegaciones. Hecho inevitable que causó el accidente. RECHAZO DE LA DEMANDA
Citar: elDial.com - AA8A31
Publicado el 22/09/2014
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Términos mencionados en este fallo: banquina, accidente, justificada, autopista, motociclista, camioneta, desperfecto, prohibición, emergencia, circunstancias.