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Causa n° 974/11/CA1 - “Sabate Paz Enrique Guillermo c/ Telecom Personal SA s/ inc. de serv. de telecomunicación” – CNCIV Y COMFED – SALA III – 22/12/2015
DAÑOS Y PERJUICIOS. TELECOMUNICACIONES. RELACIÓN DE CONSUMO. Reclamo de reparación por quien recibió una propuesta por parte de la empresa de telecomunicaciones tendiente a obtener mejores condiciones de comunicación y una baja en los costos, pero una vez aceptada la oferta, sufrió la deficiente prestación del servicio y el incumplimiento abusivo e injustificado en la facturación. ADMISIÓN. Las molestias padecidas exceden las comunes que un consumidor debe soportar en el marco de una relación comercial con una empresa prestadora de un servicio de telefonía. PRINCIPIO PRO DAMNATO. Art. 1109 del Código Civil y Arts. 1716 y 1717 del Código Civil y Comercial. VIOLACIÓN DEL ALTERUM NON LAEDERE
Citar: elDial.com - AA9484
Publicado el 12/02/2016
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Términos mencionados en este fallo: código, comercial, servicio, telecomunicaciones, perjuicios, reparación, deficiente, relación, principio, reclamos.