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736/18 – “Nuevo Banco de Santa Fe S.A. c/Pellucio, Ana Maria s/ ejecutivo” - CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE SANTA FE - SALA I - 04/09/2018
TÍTULOS DE CRÉDITO. PAGARÉ SIN PROTESTO. CARGA DE PROBAR LA PRESENTACIÓN O NO PRESENTACIÓN DEL TÍTULO EJECUTADO AL COBRO. Juez de grado rechaza las excepciones opuestas y hace lugar a la demanda mandando llevar adelante la ejecución hasta que el acreedor perciba totalmente el capital adeudado con más sus intereses. Defensor de pobres incapaces y ausentes apela. Presentación al cobro del título. Carga cambiaria sustancial que el portador legitimado debe cumplir a fin de que el librador tome conocimiento del legitimado al cobro. Cláusula sin protesto que no tiene por efecto relevar al portador de la carga de la presentación del título, sino que solo lo dispensa de levantar o formalizar el protesto por falta de pago. Cláusula que conlleva que el librador ha renunciado a exigir el protesto, cargando así éste con la prueba de que el pagaré no le ha sido presentado. Presunción juris tantum favorable al portador con cláusula sin protesto, siempre que manifieste haber presentado el título al cobro en fecha y lugar determinados. Demanda que consigna expresamente que el pagaré fue presentado al cobro en fecha determinada y en el lugar y dirección indicados en el título. Se confirme el fallo recurrido.
Citar: elDial.com - AAAEA6
Publicado el 22/01/2019
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Términos mencionados en este fallo: protesto, título, portador, presentación, cláusula, presentación, legitimado, librador, ejecución, levantar.