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2234/2018 – “Quilmes Resto SA s/concurso preventivo s/incidente de apelación” – CNCOM – SALA F – 09/04/2019
CONCURSO PREVENTIVO. SINDICATURA. SANCIONES. Apela el síndico la providencia de grado que le impuso una multa de $ 20.000 en virtud de ciertas desatenciones observadas en el trámite concursal. Compulsa de la causa que patentiza con claridad cierta demora por parte del funcionario sindical en lo relativo a las tareas que le fueron impuestas, apreciándose, asimismo, que gran parte de aquellas actuaciones han sido precedidas de intimaciones jurisdiccionales, lo cual trasluce un obrar contrario al genérico deber de diligencia consagrado en el artículo 275 de la ley 24522. FALTA DE COLABORACIÓN DE LA DEUDORA PARA LLEVAR ADELANTE LA TAREA DEL SÍNDICO, EN CUYO MÉRITO DEBIÓ PEDIR REITERADAS VECES PRÓRROGA DE LOS PLAZOS PARA CUMPLIR CON SUS DEBERES FUNCIONALES. La multa de $5.000 guarda proporción con la naturaleza e importancia de los incumplimientos y las sanciones previas (dos llamados de atención y un apercibimiento). Se morigera la sanción aplicada con el alcance indicados.
Citar: elDial.com - AAB399
Publicado el 14/06/2019
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Términos mencionados en este fallo: sanciones, concurso, preventivo, sindicatura, funcionario, sindical.