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abril  26, 2024

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El reconocimiento facial bajo el escrutinio constitucional

Por Rodolfo Barruti


“El reconocimiento facial es un sistema biométrico que emplea un algoritmo automático para reconocer la identidad de una persona en función de sus características fisiológicas. La tecnología de reconocimiento facial funciona a partir de comparaciones entre los atributos de la cara de la persona que se quiere identificar y los de millones de individuos con características similares contenidas en una enorme base de datos. Básicamente, esta tecnología nos permite la identificación de las personas a través de un escaneo de su rostro. (…) En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha implementado a partir del 25 de Abril del 2019, el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP). Se trata de un mecanismo que opera directamente con otro sistema, el de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CONARC). El objetivo es colaborar con la Justicia argentina para lograr disminuir la lista de 46 mil prófugos judiciales a nivel nacional. Hay cámaras en las estaciones de subtes y trenes.”

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Términos mencionados en esta doctrina: reconocimiento, facial, sistema, seguridad, tecnología, características, nacional, objetivo, privacidad.

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