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mayo  3, 2024

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Los criptoactivos como valores negociables o activos financieros asimilables a los valores negociables en el marco jurídico argentino

Por Alejandro Rodríguez Ariola


“La disrupción de los criptoactivos en el sistema financiero global es una realidad. Desde 2008, con la aparición reactiva del Bitcoin, como alarido de protesta y a la vez respuesta a la crisis económica mundial de las hipotecas subprime, día a día palabras como criptomonedas y exchanges pasaron a formar parte de la agenda habitual de la opinión pública. Tecnologías DLT y su especie más famosa, la blockchain o cadena de bloques hacen realidad la creación, intercambio, negociación y transmisión de los criptoactivos, que son de diferentes especies: criptomonedas (stablecoins, altcoins, Btc y Eth) y tokens (payment tokens, utility tokens, security tokens y NFTs). Los criptoactivos, como género aglutinador, son bienes intangibles de naturaleza digital desarrollados criptográficamente que corren en una blockchain específica. En Argentina cuentan a la fecha con una regulación difusa, parcial y atomizada, no integral, aunque de conformidad con el concepto legal de valores negociables, los criptoactivos pueden ser considerados valores negociables o activos financieros asimilables a los valores negociables.”

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Términos mencionados en esta doctrina: criptoactivos, valores, negociables, financieros, asimilables, realidad, criptomonedas.

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