CORONAVIRUS. EJECUCIÓN PENAL. HABEAS CORPUS. Interno que solicita se le conceda prisión domiciliaria debido a la epidemia de COVID- 19. Rechazo. RECURSO DE APELACIÓN: rechazo. INCOMPETENCIA. Acordada 6/2020 CSJN. DNU 297/2020. Implementación de protocolos para la atención de la epidemia en contextos carcelarios. Falta de agravamiento de las condiciones de detención. Se confirma la resolución apelada.
“(...) la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Acordada 6/2020 mediante la cual dispuso feria extraordinaria respecto de todos los tribunales federales y nacionales -por razones de salud pública y en atención al Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020- estableció que en materia penal los magistrados judiciales deben llevar a cabo todos aquellos actos procesales vinculados -entre otras cuestiones- con “la privación de la libertad de las personas, (…), habeas corpus…” (considerando 4°), lo que demuestra que se han concebido tramitaciones diferentes.”
“(…) las cuestiones vinculadas con las detenciones y las posibles morigeraciones continúan a cargo de los jueces a cuya disposición se encuentren detenidos los internos.”
“(…) en orden a la existencia de algún componente de riesgo en los establecimientos carcelarios en cuanto a que no estarían en condiciones de contener un posible contagio que afectaría a la población carcelaria, debe señalarse que se encuentran en vías de ejecución las recomendaciones de los jueces de ejecución referidas al actual contexto sanitario (confr. causa n° 18.616-2020 “Castro”, resuelta el 17 de marzo de 2020, Sala 7), como así también, tal como señaló el juez de grado, el Poder Ejecutivo Nacional ha adoptado diversas medidas para prevenir el riesgo de contagios por coronavirus en el ámbito carcelario (“Recomendaciones para establecimientos penitenciarios” del 16 de marzo pasado y “Protocolo de detección, diagnóstico precoz, aislamiento preventivo y aislamiento sanitario por coronavirus” del 20 de marzo del corriente).”
“(…) no se verifica respecto de
Publicado el 03/04/2020