Ley 5822 - La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional 26.190 “Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica” y su modificatoria Ley 27191
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional 26.190 “Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica” y su modificatoria Ley 27.191, de acuerdo a lo establecido en el Art. 15° de la Ley 26.190 y el Art. 21° de la Ley 27.191.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
Fdo.: Polledo - Pérez