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mayo  5, 2024

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Resolución 415/2020 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES. Prorrógase el plazo para que los agentes de viaje puedan operar solamente a través de un local virtual, previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 194/20 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, hasta el 31 de diciembre de 2021.



Resolución 415/2020 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES. Prorrógase el plazo para que los agentes de viaje puedan operar solamente a través de un local virtual, previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 194/20 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2020    

Publicado en el BO.: 29/09/2020

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