Resolución 415/2020 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES. Prorrógase el plazo para que los agentes de viaje puedan operar solamente a través de un local virtual, previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 194/20 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Resolución
415/2020 – MINISTERIO DE TURISMO
Y DEPORTES. Prorrógase el plazo para que los agentes de viaje puedan operar solamente a través de un local virtual, previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 194/20 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2020
Publicado en
el BO.: 29/09/2020