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4197/2017 - “Pioneer SRL y otro c/Intesar SA y otros s/ordinario s/incidente Art. 250” – CNCOM – SALA F – 15/02/2018
TASA DE JUSTICIA. FALTA DE PAGO. MULTA. Juez de grado impone a la actora una multa equivalente al 50% de la tasa de justicia omitida (Art. 12 de la Ley 23.898) y la intima a su pago íntegro bajo apercibimiento de expedir certificado de deuda. Actora apela. Prestación de un servicio por parte del órgano jurisdiccional respecto de la pretensión deducida que origina la obligación de pagar la tasa de justicia. Pago cuya atención corresponde al promotor de la demanda. Gabela judicial que debe tributarse sobre aquello que el actor reclamó "como mínimo", con más los intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina. Efectiva desatención a la intimación cursada. Aplicación de la multa prevista por el Art. 12 de la Ley 23.898 que resulta justificada. Se confirma el decisorio recurrido.
Citar: elDial.com - AAA67D
Publicado el 02/03/2018
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Términos mencionados en este fallo: justicia, prestación, servicio, judicial.