Resumen del Fallo Volver >
Expte. n° JU-5203-2011 – “Rodriguez Daniel Osmarc/ Ibarbia Matias Martin y Otro/a s/daños y perj. estado (uso autom.c/les. o muerte)” - CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE JUNÍN (Buenos Aires) – 15/05/2018
DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE EN CAMINO RURAL. Colisión producida entre camioneta y una rastra de discos que sobresalía de un tractor. Indemnización. INTERESES. CÓMPUTO. Deudas de valor. Tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, desde la fecha del hecho dañoso hasta la del efectivo pago. DISIDENCIA PARCIAL: tasa que debe regir a partir del decisorio recurrido hasta el efectivo pago, pero desde el hecho dañoso hasta la fecha de su dictado se debe aplicar la tasa pura del 6% anual. Deuda de valor. Art. 772 del CCCN. Fundamentos
Citar: elDial.com - AAA8C7
Publicado el 04/06/2018
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en este fallo: efectivo, intereses, provincia, depósitos, disidencia, actualizado.