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abril  28, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. N° FCB 87638/2018/CA1 - “A., P. F. c/ DASPU y otro – prestaciones farmacológicas” - CÁMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A – 30/01/2019

DERECHO A LA SALUD. ENFERMEDADES POCO FRECUENTES. Ley 26.689. MENOR CON PATOLOGÍA PROGRESIVA. ATROFIA MUSUCULAR ESPINAL. DISCAPACIDAD. TRATAMIENTO FARMACOLÓGICO ESPECÍFICO. Se solicita a la Obra Social y al Estado Nacional la provisión de la medicación prescrita por el médico tratante, en forma completa e ininterrumpida, sin costo alguno. MEDIDAS CAUTELARES EN QUE EL ESTADO ES PARTE. Procedencia. Ley 26.854. PLANTEO DE IMPOSIBILIDAD ECONÓMICA DE LA OBRA SOCIAL DE CUMPLIR CON LA PRESTACIÓN. Teniendo en cuenta la gravedad del estado de salud del paciente y que la provisión de la medicación podría tener efectos positivos en la evolución de la enfermedad que padece, se impone la obligación de cumplir a la Obra Social demandada en un 30% provisoriamente, a los fines de no afectarla patrimonialmente, y el 70% restante a cargo del Estado Nacional, por su obligación constitucional de preservar la salud de sus habitantes dentro de las posibilidades existentes. Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos. Disposición 10401/2016

Citar: elDial.com - AAB170



Publicado el 20/03/2019

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Términos mencionados en este fallo: estado, social, nacional, prestaciones, tratamiento, enfermedades, frecuentes, provisión, medicación, paciente.



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