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Expte. Nº 114046-2009 – “F. E. G. c/ F. C. J. R. s/liquidación de sociedad conyugal” – CNCIV – SALA A – 25/11/2019
COMUNIDAD DE BIENES. LIQUIDACIÓN. Demanda promovida por la ex cónyuge por liquidación de la comunidad de bienes. RECONVENCIÓN. Calificación de bienes. Mejoras. RECOMPENSAS. Oportunidad procesal para solicitarlas. Aplicación al caso del Código Civil derogado. Artículo 7 del CCCN. SE DESESTIMA RECOMPENSA PETICIONADA POR LA ACTORA POR PAGO DE INTERESES DE LA HIPOTECA CONSTITUIDA SOBRE UN INMUEBLE. Se concede un importe por mejoras realizadas en un bien propio. Indivisión postcomunitaria del inmueble que fue sede del hogar conyugal: sólo se excluye de la liquidación de la comunidad de bienes si se prueba el grave perjuicio para quien lo ocupa. SE MODIFICA LA SENTENCIA QUE HIZO LUGAR PARCIALMENTE A LA DEMANDA Y A LA RECONVENCIÓN, RESPECTO DE CIERTAS RECOMPENSAS
Citar: elDial.com - AABAB0
Publicado el 19/03/2020
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Términos mencionados en este fallo: bienes, conyugal, liquidación, sociedad, comunidad, recompensas, procesal, reconvención, calificación, oportunidad.