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“L., L. C. – R., E. N. – divorcio vincular – no contencioso” – JUZGADO DE FAMILIA DE CÓRDOBA – 13/05/2019 (Sentencia firme)
MATRIMONIO. INDIVISIÓN POST COMUNITARIA. LETRADO ACREEDOR. TERCERO INTERESADO. Pedido de adjudicación de un inmueble por parte de un letrado a un cliente que no le pagó sus honorarios. DIVORCIO EN TRÁMITE. ARTÍCULO 486 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Subrogación en los derechos del deudor. Acreedor que puede pedir la partición de la masa común. Rechazo de las excepciones opuestas. SE ORDENA INSCRIBIR EN EL REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA EL INMUEBLE QUE FUERA ADJUDICADO AL DEUDOR EN LA SENTENCIA DE DIVORCIO
Citar: elDial.com - AAB4FC
Publicado el 09/08/2019
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Términos mencionados en este fallo: acreedor, inmueble, divorcio, interesado, derechos.