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mayo  3, 2024

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El proyecto de vida en los dispositivos penales juveniles

Por Paula Gaillard y José Antonio Rodríguez


“Nuestro abordaje no parte de la idea de que el adolescente ha optado “libremente” por delinquir y que, en función de esa libertad, puede adoptar otras formas de vivir. Por el contrario, partimos de la base de que las condiciones en que le tocó vivir lo instalaron en una cierta marginalidad, y que sus actos (al menos aquellos actos que lo tornaron vulnerable al sistema penal) son una consecuencia de ello. De manera que trabajar sobre su propio proyecto de vida restituye al joven las condiciones de libertad que, en muchos casos, había perdido mucho antes de que una medida judicial restringiera su libertad ambulatoria. Si desde la perspectiva de la intervención estatal punitiva se plantea como problema que la sanción penal no destruya las posibilidades del sujeto de reconstruir su vida, el encuadre técnico de trabajo con el adolescente infractor debe sostenerse en el reconocimiento de su responsabilidad por el presente y por su futuro, para que pueda captar desde allí las consecuencias de sus acciones y los esquemas cognitivos y relacionales que los determinan. Asimismo, esta perspectiva abrirá la posibilidad de reflexión sobre sus actos pasados sin el efecto estigmatizante y devastador de su identificación a ellos. Entendemos que todas las personas son capaces de desarrollar su propio proyecto de vida, y consideramos que es función de las instituciones del Estado contribuir a generar las condiciones básicas para que los ciudadanos puedan llevarlos adelante. Ningún “diagnóstico” puede indicarnos que esto no es posible en mayor o menor grado para una persona determinada. Los diagnósticos (psicológicos, psiquiátricos, sociales, pedagógicos, médicos, nutricionales, odontológicos, etc.) y demás evaluaciones, deben darnos los elementos para diseñar las estrategias de trabajo que permitan la elaboración de un proyecto de vida por parte del adolescente y no, como suele ocurrir, proveernos de las justificaciones para su fracaso. Si en la práctica, las instituciones del sistema penal se conducen de manera retaliativa, "retributiva" (si el joven siente que debe soportar ciertos padecimientos que conlleva la privación de la libertad porque es un delincuente, porque "perdió") desaparece –o no se permite la aparición de- un tipo de relación con el otro que es fundante para la construcción de todo proyecto vital.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: condiciones, libertad, instituciones, proyecto, adolescente, contrario, sociales, construcción.

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