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abril  25, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

19019/2019 – “Sanipro S.R.L. le pide la quiebra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.” – CNCOM – SALA C – 06/11/2019

QUIEBRA. PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR. DOMICILIO SOCIAL. Apela la peticionante la resolución del Juez de grado que denegó la pretensión de notificar el auto previsto por el artículo 84 de la ley 24522 en el domicilio social de la entidad que considera en cesación de pagos como domicilio “constituido. Actora que optó por solicitar, derechamente, que se notifique al domicilio informado por la Inspección General de Justicia, sin siquiera haber intentado efectuar la notificación con carácter denunciado. Oficio ordenado a la IGJ que no se acotó a conocer el domicilio social inscripto, sino que obedeció a la necesidad de verificar la competencia territorial del Juez y de obtener la información necesaria a efectos pronunciarse, llegado el caso, en los términos del artículo 88 de la ley citada. Consecuencias e implicancias que trae aparejado un pedido de quiebra que impone garantizar el debido emplazamiento del deudor y, en consecuencia, su derecho de defensa en juicio. Se confirma el decisorio recurrido.

Citar: elDial.com - AAB91D



Publicado el 13/01/2020

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Términos mencionados en este fallo: domicilio, quiebra, social, peticionante, pretensión, notificar, previsto, artículo, considera, cesación.



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