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mayo  9, 2024

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Código Civil Plus - Doctrina relacionada

ARTÍCULO 1199


Doctrina Relacionada con ARTÍCULO 1199 (*)


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  • (*) Este artículo fue modificado el 30/06/2020. El texto del artículo original era el siguiente:
    ARTICULO 1199.- Excepciones al plazo mínimo legal. No se aplica el plazo mínimo legal a los contratos de locación de inmuebles o parte de ellos destinados a:
    a) sede de embajada, consulado u organismo internacional, y el destinado a habitación de su personal extranjero diplomático o consular;
    b) habitación con muebles que se arrienden con fines de turismo, descanso o similares. Si el plazo del contrato supera los tres meses, se presume que no fue hecho con esos fines;
    c) guarda de cosas;
    d) exposición u oferta de cosas o servicios en un predio ferial.
    Tampoco se aplica el plazo mínimo legal a los contratos que tengan por objeto el cumplimiento de una finalidad determinada expresada en el contrato y que debe normalmente cumplirse en el plazo menor pactado.

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