abril  7, 2026

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ACTUALIDAD JURÍDICA

Fallos del día 07-04-2026

  • Jurisprudencia / Nacional / Civil

    Liquidación de régimen de comunidad de bienes

    Se le reconoce a la actora el DERECHO A RECOMPENSA por el uso exclusivo que efectuó el demandado sobre un inmueble de carácter ganancial. CANON LOCATIVO. Se confirma. Las deudas que existan por servi...

  • Jurisprudencia / Nacional / Laboral

    Intereses

    ACTUALIZACIÓN DE CRÉDITOS. LEY 27802. LEY MODERNIZACIÓN LABORAL. DISIDENCIAS. DERECHO DE PROPIEDAD. DERECHO DE IGUALDAD. La declaración de inconstitucionalidad de una norma constituye la más delicada...

  • Jurisprudencia / Nacional / Laboral

    Dnu 70/23

    INCONSTITUCIONALIDAD. ARTÍCULO 73 DNU. CONSENTIMIENTO DEL TRABAJADOR. DEDUCCIONES. APORTES SINDICALES. Luego de las sustituciones introducidas por las leyes 27742 y 27802 a la LCT, la única modificac...

  • Jurisprudencia / Nacional / Ejecución Penal

    Ejecución penal

    Imputado que solicita aplicación del estímulo educativo tras haber realizado una serie de cursos virtuales impartidos por una universidad nacional. Rechazo. RECURSO DE CASACIÓN: rechazo. Falta de acr...

  • Jurisprudencia / Nacional / Procesal

    Recursos de queja por apelación denegada

    IMPROCEDENCIA DEL PLANTEO DE REVOCATORIA. Incumplimiento del recaudo establecido en el art. 5 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007. Norma que exige la presentación en hoja aparte de una "ca...

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE

  • Jurisprudencia

    PROCEDE EL CANON LOCATIVO A FAVOR DE LA EX CÓNYUGE AÚN CUANDO EL EX MARIDO NO HAYA OCUPADO EL INMUEBLE, SINO CEDIDO SU USO GRATUITO A UN TERCERO.

    Fallo confirmó que un ex cónyuge debe pagar una compensación económica (canon locativo) por haber tenido el uso exclusivo de un inmueble ganancial, aun cuando no lo haya ocupado personalmente, sino que haya cedido gratuitamente su uso a un tercero. El tribunal destacó que lo relevante no es quién habitó efectivamente el bien, sino quién mantuvo el control y poder de disposición sobre él, excluyendo al otro copropietario.

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  • Doctrina

    DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Y CRIPTOMONEDAS: EL TRIBUNAL COMPETENTE PARA ENTENDER EN RELACIONES CONTRACTUALES CON PLATAFORMAS TRANSNACIONALES DE CRIPTOMONEDAS Y OTROS CRIPTOACTIVOS.

    A partir del reciente fallo “Biquard” dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, el autor aborda la discusión relativa a la calificación de la actividad bancaria como materia de consumo, la naturaleza jurídica de los criptoactivos, las diversas operaciones económicas que pueden realizarse con ellos y la determinación del lugar de celebración del contrato en entornos digitales. Además, estudia las tensiones entre la autonomía de la voluntad y el orden público consumeril, así como las limitaciones del marco normativo vigente para dar adecuada respuesta a estos fenómenos.

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  • Doctrina

    LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL "CÉSPED" LABORAL: ¿POR QUÉ LA LEY 27.802 SE QUEDÓ EN EL VESTUARIO?

    El autor sostiene que la Ley 27.802, pese a presentarse como una modernización del régimen laboral, omitió abordar de modo expreso el impacto de la inteligencia artificial y los algoritmos en el trabajo. Destaca ese vacío frente a antecedentes comparados y propone que la negociación colectiva cubra esa omisión mediante cláusulas sobre transparencia algorítmica, intervención humana y formación digital. Concluye que el verdadero desafío ya no es solo flexibilizar estructuras, sino proteger datos, privacidad y no discriminación en entornos laborales algorítmicos.

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  • Jurisprudencia

    SUSPENDEN LA VIGENCIA DE LA LEY 27.802 EN LO REFERENTE A LA CALIFICACIÓN DE LA EDUCACIÓN COMO "SERVICIO ESENCIAL".

    Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para intervenir en la acción de amparo promovida por la Unión Docentes Argentinos contra el Estado Nacional, suspendiendo la vigencia de la Ley 27.802 en lo referente a la calificación de la educación como "servicio esencial" y la obligación de cubrir el 75% de dicho servicio en caso de medidas de fuerza.

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  • Jurisprudencia

    REDUCCIÓN SALARIAL POR ART. 223 BIS SIN ACUERDO HOMOLOGADO DURANTE EL COVID-19: CONFIRMAN DESPIDO INDIRECTO, APLICAN ART. 55 LEY 27.802 Y RECHAZAN SU INCONSTITUCIONALIDAD.

    Confirman la procedencia del despido indirecto ante la reducción salarial aplicada al trabajador durante la pandemia sin acreditar acuerdo colectivo conforme art. 223 bis LCT. Se rechazó la aplicación retroactiva de la Ley de Bases por afectar la seguridad jurídica. Asimismo, se desestimó planteos de inconstitucionalidad de la ley 27.802 de Modernización Laboral y se aplicó el Art. 55 para la actualización de créditos laborales, destacando criterios de razonabilidad, previsibilidad y tutela del crédito del trabajador.

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