octubre  21, 2025

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ACTUALIDAD JURÍDICA

Fallos del día 21-10-2025

  • Jurisprudencia / Nacional / Procesal

    Beneficio de litigar sin gastos

    BENEFICIO PROVISIONAL. Recurrente solicita que se dé curso al recurso de queja con sustento en que goza del beneficio provisional establecido en el art. 83 del CPCCN. Desestimación. Se tuvo en cuenta...

  • Jurisprudencia / Nacional / Laboral

    Competencia territorial

    ARTÍCULOS 19 Y 24 DE LA LEY DE ORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL. Demanda por despido promovida en el fuero nacional con base en el domicilio de dos codemandadas ubicadas en CABA. Ambas fueron tenidas ...

  • Jurisprudencia / Nacional / Procesal Penal

    Proceso penal

    Desestimación de denuncia por inexistencia de delito. SOLICITUD DE REVISIÓN: procedencia. DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE DELITOS. FALTA DE NOTIFICACIÓN DE LA FISCALÍA A LA VÍCTIMA (art 80 inc h CPPN). N...

  • Jurisprudencia / Nacional / Procesal

    Juicio ejecutivo

    SENTENCIA DE VENTA. RECURSO DE APELACIÓN. CRÍTICA CONCRETA Y RAZONADA. Se desestima el Recurso de Apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de venta, por no constituir una crítica co...

  • Jurisprudencia / Nacional / Civil

    Medida precautoria

    Acción preventiva de daños. Solicitud de medida precautoria con el fin de que se ordene el cese de toda difusión de contenido injurioso, calumnioso y agraviante contra el actor en cualquier soporte, ...

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE

  • Jurisprudencia

    RECHAZAN MEDIDA PRECAUTORIA SOLICITADA POR UN MAGISTRADO: LOS JUECES ESTÁN SUJETOS AL ESCRUTINIO SOCIAL PROTEGIDO POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.

    Fallo rechazó el pedido de una medida precautoria promovida por un magistrado que denunció haber sido objeto de una campaña difamatoria en redes sociales y dependencias judiciales. El Tribunal sostuvo que si bien los panfletos contenían acusaciones severas, no correspondía restringir su difusión, en tanto los funcionarios públicos y magistrados se encuentran sujetos al escrutinio social, protegido por la libertad de expresión.

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  • Jurisprudencia

    FALLO RECHAZA APLICAR EL CASO BARRIOS Y NIEGA LA INFLACIÓN FUTURA SIN BRECHA LESIVA ACREDITADA.

    Fallo rechazó la aplicación automática de la doctrina “Barrios” y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, señalando que no puede computarse la inflación futura sin acreditar una “brecha lesiva” concreta. El tribunal sostuvo que la actualización sólo procede cuando se demuestre la depreciación efectiva del crédito por mora o dilación procesal, no en base a conjeturas hipotéticas.

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  • Doctrina

    EL DECRETO 696/25: MEDIACIÓN A DISTANCIA. COMENTARIOS Y CONSIDERACIONES ESPECIALES.

    El pasado 30 de septiembre fue publicado en el B.O. de la Nación el decreto 696/25 que reglamenta el procedimiento de Mediación a Distancia (comúnmente llamada Virtual). María Alejandra Cortiñas, presidente del Club de Abogados Mediadores, comenta esta norma tan esperada ante las lagunas legislativas existentes en la materia, legitimando los procesos virtuales ya en curso y optimizando recursos existentes en beneficio de quienes necesitan transitar por el proceso de la MPO.

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  • Doctrina

    JUSTICIA EN JAQUE: UN "COPIAR Y PEGAR" DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL ANULA UNA SENTENCIA PENAL EN CHUBUT. COMENTARIO AL FALLO “PROVINCIA DEL CHUBUT c/ P.R.A.”

    En un fallo sin precedentes que marca un antes y un después en la justicia argentina, la Cámara Penal de Esquel anuló una condena por robo no por errores en la investigación del delito, sino por el uso indebido de Inteligencia Artificial por parte del juez de Primera Instancia. La negligencia quedó expuesta por una frase delatora que el magistrado olvidó borrar: "Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar". El autor analiza las faltas graves imputadas al magistrado, como la delegación prohibida del acto de juzgar y la vulneración de garantías constitucionales.

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  • Jurisprudencia

    ES INJUSTIFICADO EL DESPIDO DE UNA TRABAJADORA QUE APARECIÓ BAILANDO EN UN VIDEO SUBIDO A INSTAGRAM DURANTE SU JORNADA LABORAL, SIN QUE LA EMPRESA APORTARA LA FILMACIÓN NI PROBARA LA FALTA GRAVE.

    La Cámara Nacional del Trabajo confirmó que fue injustificado el despido de una encargada del local "47 Street" que apareció unos segundos bailando en un video subido a Instagram desde el local de ventas. La empresa invocó una pérdida de confianza, pero no aportó el video ni el reglamento interno que sancionara tal conducta. Testigos describieron el clima festivo como habitual y tolerado en el local comercial, por lo que no se consideró probado ningún perjuicio a la empresa ni falta grave.

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Noticias Jurídicas

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