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abril  26, 2024

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La prejudicialidad en el Código Civil y Comercial de la Nación y su correspondencia en el derecho penal

Por Marcos Alberto Sequeira


“En términos generales, la “prejudicialidad”, constituye la “suspensión” del “proceso civil”, cuando la “cuestión de fondo” del mismo se encuentre íntimamente relacionada con la ventilada en el “proceso penal”. Se trata de evitar el dictado de sentencias contradictorias. En nuestro ordenamiento jurídico, como regla general, rige el principio de “preferencia” de la “jurisdicción penal” por sobre la “jurisdicción civil”.

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Términos mencionados en esta doctrina: prejudicialidad, cuestión, procesal, sentencias.

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