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abril  26, 2024

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El síndrome de alienación parental y la irreparabilidad de sus consecuencias

Por Alberto Violi

“El SAP no está receptado en nuestro ordenamiento normativo, sin embargo, la manipulación que uno de los cónyuges ejerce sobre el menor generaría graves consecuencias para su desarrollo. Existe la necesidad de que ante la problemática que envuelve a los cónyuges, se priorice el derecho del niño a mantener comunicación con sus progenitores y que el Estado garantice lo dispuesto en el artículo 18 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en el que se reconoce que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a su crianza y desarrollo. El SAP puede ser considerado como una forma de maltrato infantil que afecta el interés superior del niño e impide ejercer su derecho a la comunicación. La influencia del padre alienador generaría que el niño no solo rechace a su otro progenitor sino también que rompa el vínculo afectivo con este. Esta situación afectará su desarrollo integral y le generará consecuencias para su futuro ya que la falta de contacto con uno de sus progenitores le generará una sensación de incertidumbre y de abandono.”

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Términos mencionados en esta doctrina: desarrollo, consecuencias, cónyuges, maltrato, familiar, generaría, situación, especial, obligación.

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