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La opinión del Ministerio Público Fiscal ante la conciliación como método de extinción de la acción penal
Por Ezequiel Calabró
Publicado por elDial.com
“La resolución 2/2919 (19/11/19) de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del CPPF determinó la implementación en el ámbito de la justicia nacional penal de las normas en ella mencionadas (art. 19,21,22,31,34,54,80, 210, y 222). El artículo 30 de dicho cuerpo normativo aún no está implementado, y establece las reglas de disponibilidad de la acción penal, indicando que la oposición del fiscal es vinculante. En este punto nos detenemos. A lo largo de este trabajo analizaremos si efectivamente la oposición del acusador a una conciliación es siempre vinculante, inclinándonos por la negativa.”
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Términos mencionados en esta doctrina: vinculante, conciliación, implementación.
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