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julio  14, 2025

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Ley aplicable a la limitación de responsabilidad del armador del buque en la República Argentina

Por Leonardo J. Mainero

Publicado por elDial.com


“La finalidad del presente trabajo es analizar y opinar, desde un estricto punto de vista jurídico, pero bajo la perspectiva concreta de la legislación argentina, cuál podría llegar a ser la ley aplicable a la limitación de responsabilidad del armador del buque, en caso de que dicho planteo se formulase ante nuestros tribunales federales y el buque enarbolara pabellón extranjero. (…) Está claro que si tuviera bandera argentina, por aplicación de los artículos 6 y 7 de la Ley de la Navegación (y los artículos 92 inciso 1 y 17 de la Convención de las Naciones Unidas de Montego Bay de 1982 sobre el Derecho del Mar -en adelante CONVEMAR-, aprobada mediante ley 24.543), aún en mar libre o realizando paso inofensivo por un mar territorial extranjero, se aplicaría al buque de bandera nacional la limitación de responsabilidad fijada por nuestra ley 20.094 en su artículo 175.”

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Términos mencionados en esta doctrina: limitación, responsabilidad, armador, bandera, aplicable, argentina, convención, artículo.

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