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octubre  8, 2025

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Reconocimiento de derechos vs limitaciones de hechos condicionantes de la autonomía progresiva de NNA en las decisiones judiciales. Comentario al fallo: Causa 134931 – “G. T. V. c/ G. V. A. s/ Alimentos” - CÁMARA II DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PLATA - SALA I – 03/10/2023

Por Graciela Mónica Pérez, Gabriela Alejandra de Paulis, Marianela Salvo, Johana Alexandra Hermosilla, Marco Antonio Benítez Armijo, Fabiana Alejandra Morteira y Natalia Ojeda

Publicado por elDial.com


“El fallo constituye un avance al reconocer que la inacción de la madre no puede dejar sin defensa al niño y que la figura del Abogado del Niño tiene legitimación para proseguir el reclamo alimentario. No obstante, presenta contradicciones notorias: afirma la capacidad progresiva, pero la limita con un parámetro rígido de edad; reconoce la madurez del niño, pero le niega capacidad procesal plena; habilita la intervención autónoma del Abogado del Niño, pero la mantiene subordinada a la representación materna. En definitiva, la resolución oscila entre un enfoque protector y flexible, basado en la CDN y la Ley 26.061, y un enfoque restrictivo y formalista, basado en el art. 677 CCyCN. Estas tensiones reflejan las dificultades actuales del sistema judicial argentino para compatibilizar la autonomía progresiva con marcos normativos tradicionales.”

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Términos mencionados en esta doctrina: progresiva, capacidad, alimentos, legitimación, procesal.

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