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¿Son los contratos estandarizados contratos por adhesión conforme al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación?
La validez de las cláusulas arbitrales
Por Héctor G. Grippo y Pablo Correch
“Existen actividades y mercados en los cuales existen contratos con cláusulas estándar predispuestas, adoptadas por ambas partes, pre redactadas y con mínimos cambios entre distintos agentes del mercado. Entre dichos mercados y actividades, está el mercado de granos, en el cual los boletos de compraventa contienen cláusulas provenientes de los usos y costumbres del mercado y de las modalidades de la actividad. Las cláusulas de dicho contrato son en general predispuestas (prerredactadas, preestablecidas, normales y similares en todo el mercado), muchas veces por el corredor interviniente que es quien usualmente lo redacta, a veces con alguna variación en las cláusulas a pedido de alguna de las partes. En dicho mercado es usual, además, comprometer las eventuales disputas a la jurisdicción de Cámaras Arbitrales especializadas en la actividad, jurisdicción ésta que por su rapidez, especialización y eficiencia actúa como un serio disuasor de conflictos en la actividad posibilitando una fluida actuación del mercado y sus agentes.”
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Términos mencionados en esta doctrina: cláusulas, mercado, contratos, mercados, adhesión, actividades, contrato, predispuestas, actividad.