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El dictamen jurídico en la jurisprudencia de Tierra del Fuego
Por Carla Ponce y Zarina Ross
“La función del servicio jurídico al momento de emitir el dictamen previo al dictado del acto no debe ser considerada como una mera formalidad, sino que la importancia de este reside en garantizar a la comunidad, (en aras de la protección del interés público) que los actos que la Administración dicta son conforme a derecho y atendiendo al principio de razonabilidad.”
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Términos mencionados en esta doctrina: dictamen, jurídico, administración, absoluta.
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