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¿Podés continuar en el plan superador de tu obra social cuando te jubiles?
Comentario al fallo “Fernández, Beatriz Josefina c/ Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otro s/amparo de salud” del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 4
Por Armando Martín Sabadini
Publicado por elDial.com
“Quiero empezar esta nota ratificando la total vigencia de la Ley 19032 y su artículo 16. La aplicación del uso de la opción de mantener la cobertura de salud de su obra social de actividad o la afiliación al PAMI, es una tarea diaria de difusión, contra la negativa sistemática de las obras sociales, las empresas de medicina prepaga, el Anses y hasta la superintendencia de servicios de salud. En el caso de hoy, hablamos de una afiliada a un plan de salud ofrecido por SIMECO (plan de salud creado con el Consejo de Ciencias económicas de la Ciudad de Buenos Aires) quien le vulneró su derecho de continuidad. Un derecho al que pueden acceder los jubilados y pensionados de nuestro país.”
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