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Intimación jubilatoria y extinción del contrato de trabajo por incapacidad absoluta. Interpretación del artículo 252 de la LCT
-Comentario al fallo “C., J. D. c/ Intercórdoba S.A. s/ ordinario – art. 212 LCT” de la CSJN-
Por Sergio Adrián Arce
Publicado por elDial.com
“En fecha 8 de julio del 2021 la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en autos “C., J. D. c/ Intercórdoba S.A. s/ ordinario – art. 212 LCT”, dejando sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba que determinó que el contrato de trabajo se extinguió por jubilación con sustento en que el empleador cursó la intimación prevista en el artículo 252 de la LCT antes que el actor notificara su incapacidad en los términos del artículo 212, párrafo cuarto, de la LCT.
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Términos mencionados en esta doctrina: artículo, justicia, intimación, contrato, incapacidad, intercórdoba, ordinario.