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Regulación de la sociedad constituida en el extranjero de tipo desconocido. Soluciones extrañas para un problema de regular atipicidad
Por María Victoria Zalazar Fandiño
“La sección XV de la Ley General de Sociedades (Nº19.550) de la República Argentina regula jurídicamente las sociedades constituidas en el extranjero.”
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Términos mencionados en esta doctrina: extranjero, sociedades, sociedad, constituida, república, argentina.
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