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La cooperación jurisdiccional internacional y el creciente empleo de medios electrónicos a su servicio
Por Eduardo Tellechea Bergman
Publicado por elDial.com
“La cooperación jurisdiccional internacional en tanto actividad procesal desplegada en un Estado al servicio de un proceso incoado o a incoarse ante tribunales de otro, supone una actividad originada en providencias emanadas de órganos jurisdiccionales extranjeros, cuya finalidad consiste en lograr que el proceso se entable, se desarrolle o se afiance en sus resultados, a través de acciones que los tribunales locales han de llevar a cabo asegurando la realización transnacional de la justicia, evitando que la misma resulte frustrada por fronteras nacionales.”
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Términos mencionados en esta doctrina: internacional, cooperación, jurisdiccional, empleo, solicitudes, servicio, actividad, tribunales, justicia, referidas.
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