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julio  27, 2024

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Directrices para el registro de obras autorales realizadas con Inteligencia Artificial Generativa: pautas de la Copyright Office de Estados Unidos. Elementos técnicos más allá del prompteo

Por Lucas Lehtinen

Publicado por elDial.com


“La Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos (Copyright Office USA - USCO), con una rica historia y experiencia desde 1870, supervisa el registro de derechos de autor y asesora a diversas entidades gubernamentales sobre cuestiones relacionadas. En el contexto actual, la Oficina enfrenta desafíos y preguntas emergentes relacionadas con la Inteligencia Artificial (IA) y su capacidad para generar contenido expresivo. Aunque las tecnologías de IA, especialmente las generativas, pueden producir material en respuesta a instrucciones humanas, la Oficina mantiene una postura firme de que solo los elementos de una obra creados por humanos pueden ser protegidos por derechos de autor, basándose en precedentes legales y definiciones que vinculan la "autoría" exclusivamente a entidades humanas. La Oficina ha gestionado casos en los que se ha rechazado la autoría de IA y ha proporcionado directrices sobre cómo los solicitantes deben abordar el contenido generado por IA en sus aplicaciones de registro de derechos de autor. La Oficina también está explorando activamente, a través de iniciativas y consultas públicas, cómo las políticas y regulaciones existentes pueden adaptarse o informarse en el contexto de las creaciones de IA y el uso de obras con derechos de autor en el entrenamiento de IA.”

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Términos mencionados en esta doctrina: derechos, oficina, registro, inteligencia, artificial, copyright, elementos, generativa, diversas, entidades.

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