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¿Trabajamos para vivir o vivimos para trabajar? ¿Es la reducción de la jornada laboral el camino hacia un tiempo de trabajo decente?
Por Camila Ayelén Pita
Publicado por elDial.com
"La jornada laboral limitada es un derecho constitucional en Argentina. Así, el art. 14 bis de nuestra Constitución establece que El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial."
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Términos mencionados en esta doctrina: jornada, laboral, derecho, limitada, protección, condiciones, trabajar, reducción, trabajadores, trabajadoras.