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Comercio internacional y responsabilidad ambiental y climática. A propósito del Reglamento (CE) 2023/1115 contra la deforestación
Por Leonardo Fabio Pastorino
Publicado por elDial.com
“... la UE presenta a la comunidad internacional un nuevo intento, muy innovador, de contribuir a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible acordados en el ámbito internacional. (...) Básicamente, la UE parte de su idea de erigirse como pilar de un nuevo modelo de desarrollo sostenible y neutro para el clima, que debe apuntar a la economía circular. Para esto, se basa en su posición privilegiada en el comercio internacional, tratando así de imponer un cambio de conducta con efectos extraterritoriales. Al mismo tiempo, la UE reconoce que tiene una responsabilidad diferenciada en el contexto global, consecuencia del impacto causado en países no comunitarios, debido a la importante demanda provocada por el alto nivel de vida y por una renta media generalmente superior a la de los países proveedores..."
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Términos mencionados en esta doctrina: internacional, desarrollo, sostenible.
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