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Escasos avances en el caso del río Atuel: el agua como derecho humano y el ejercicio de la competencia dirimente de la CSJN en materia ambiental
Por Laura Soledad Vilar Torres y Emiliano Zito
Publicado por elDial.com
“Han pasado casi cinco años desde que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, determinó como meta interina un caudal mínimo permanente del rio Atuel de 3,2 m3/s en el límite entre las provincias de La Pampa y Mendoza toda vez que éstas no llegaron a una solución sobre un fallo anterior dictado por la Corte de Suprema de Justicia de la Nación en el año 2017, que implicó en primer lugar un giro copernicano en materia ambiental relacionado al derecho de aguas y en segundo lugar, el ejercicio de la competencia dirimente establecida en el artículo 127 de la Constitución Nacional.”
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Términos mencionados en esta doctrina: ambiental, justicia.
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