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La notificación a la sociedad extranjera en el país: Buscando el equilibrio entre el derecho de defensa en juicio y la elusión de responsabilidad
A propósito del fallo “A., M. I. M. c/ Yahoo de Argentina SRL y otro s/sumarísimo” de la CNCIV Y COMFED
Por Flavia Andrea Medina
"La jurisprudencia está siendo paulatinamente más abierta a la posibilidad de notificar a la sociedad extranjera en un domicilio registrado en el país, ello en la persona del representante (art. 122 LS).
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Términos mencionados en esta doctrina: sociedad, extranjera, solución.