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mayo  9, 2025

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 2811/2021/CS1 – “B., S. S. c/ C., R. R. s/ homologación de convenio (civil)” CSJN – 24/04/2025

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COMPETENCIA. RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN. CUIDADO PERSONAL. Régimen de comunicación y cuidado personal de una niña. CENTRO DE VIDA. Son competente los tribunales del lugar de residencia actual de la menor de edad. HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO. Los progenitores se comprometen a proyectar un nuevo régimen comunicacional que tenga en cuenta la realidad actual de la residencia de la niña

Citar: elDial.com - AAE80D

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Términos mencionados en este fallo: régimen, personal, residencia, dictamen, procuración, comunicación, convenio, competencia, progenitores, proyectar.



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