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Causa N° 21975/2020 – “González, Walter Hugo c/ Miro Oscar Horacio s/ despido” – CNTRAB – SALA VII – 27/05/2025
Publicado por elDial.comRÉGIMEN ESPECIAL DE CASAS PARTICULARES. CERTIFICADOS DE TRABAJO. OBLIGACIÓN DE HACER. COMPATIBILIDAD. El recurrente se agravió alegando incongruencia entre la decisión de la jueza que consideró que el vínculo laboral se halló comprendido en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (ley 26844) y la condena a entregar las certificaciones del art. 80 LCT. Corresponde rechazar el recurso. La ley 26844, al modificar el art. 2 de la LCT, estableció que el régimen general será aplicable en todo lo que resulte compatible y no se oponga a la naturaleza y modalidades propias del régimen específico. Si bien la ley especial no contiene una disposición expresa que imponga al empleador la entrega de certificados al personal doméstico, por aplicación análoga y conforme los principios generales de interpretación normativa y de buena fe contractual, cabe confirmar la obligación del demandado de entregar los certificados de trabajo pues no existe incompatibilidad con el régimen general. COSTAS POR SU ORDEN. Si bien el principio general impone que las costas sean impuestas a la parte vencida conforme el principio del vencimiento objetivo, lo cierto es que tal principio admite excepciones. Tales excepciones se verifican cuando median determinadas circunstancias que permiten inferir la existencia de una razón fundada para litigar de forma que quepa considerar que la parte vencida actuó sobre la base de una razonable convicción acerca del derecho pretendido.
Citar: elDial.com - AAEB02
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Términos mencionados en este fallo: trabajo, régimen, especial, certificados, contrato, personal, particulares, comprendido, incongruencia, consideró.
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